TE INVITAMOS A CONOCER TODO SOBRE EL TEMA DE LA REFORMA DE VACACIONES.
12 PREGUNTAS SOBRE LA REFORMA DE VACACIONES DIGNAS QUE TE INTERESA CONOCER.
Se publicó el 27 de diciembre de 2022, en el Diario Oficial de la Federación, la reforma a la Vacaciones Dignas en México, por lo que entrarán en vigor las nuevas disposiciones el 01 de enero de 2023.
Es indispensable que las empresas y los trabajadores preparen las vacaciones del próximo año, elabora un rol de vacaciones para conocer cómo queda el proceso de productivo y hacer los ajustes necesarios. ¡No se esperen al último momento para hacer la planeación!
Estas son las principales dudas que se generan de la reforma a las vacaciones:
1.- ¿Cuándo aplica la reforma de vacaciones aprobada por los Diputados?
Será el primero de enero de 2023 la fecha de inicio de aplicación de las nuevas disposiciones, como lo señalan los transitorios de la reforma.
2.- ¿Cómo quedan las vacaciones con la reforma aprobada por los Diputados?
La nueva redacción de los artículos 76 y 78 de la Ley laboral propuestos, opera de la siguiente manera: en el caso de los trabajadores de primer ingreso, el mínimo de días a disfrutar de vacaciones será de 12 días. A partir del segundo año aumentará a razón de dos días por año hasta llegar a 20 días de vacaciones, a partir del sexto año aumentará dos días por cada 5 de servicio.
La tabla queda así:
1 año igual a 12 días de vacaciones
2 años igual a 14 días de vacaciones
3 años igual a 16 días de vacaciones
4 años igual a 18 días de vacaciones
5 años igual a 20 días de vacaciones
6 a 10 años igual a 22 días de vacaciones
11 a 15 años igual a 24 días de vacaciones
Etc.
3.- ¿Siempre se disfrutan 12 días seguidos como mínimo?
Si, ese es el espíritu de la reforma de vacaciones dignas. El mínimo de vacaciones que debe disfrutar el trabajador de forma seguida son 12 días, así tenga un año o 20 de antigüedad, en el entendido de que si tiene derecho a más días de vacaciones es potestad del trabajador distribuir la forma y tiempo de disfrutarlo, ya sea de forma continua o no, pero siempre por lo menos 12 días continuos.
4.- ¿Qué pasa con los días excedentes a los 12 días, con los trabajadores que tengan más de un año de antigüedad, cómo se otorgan?
El trabajador tiene el derecho para decidir si descansa las vacaciones de forma continua o no, siempre respetando que mínimo sean 12 días los que sí sean continuos. Es importante señalar que cabe la posibilidad de que se llegue a un acuerdo de cómo disfrutar los días de vacaciones excedentes a 12, pero debe prevalecer la voluntad del trabajador, así como el diálogo para cuidar la producción. Nunca se puede pactar disfrute de vacaciones menor al que corresponde por ley.
5.- ¿Qué pasa con la prima de vacaciones?
No sufre cambios el artículo 80 de la Ley Federal del Trabajo, la prima de vacaciones no puede ser menor al 25 % sobre los salarios que correspondan durante el periodo de vacaciones.
6.- ¿Es para todos o solo para los de nuevo ingreso?
La duda que queda es si estos cambios a los días de vacaciones se aplican a los trabajadores en activo, los que ya tiene dos, tres o cuatro año laborando o solo a los de nuevo ingreso, y la respuesta es que SI se aplica a todos los trabajadores en activo, pues es una prestación de tracto sucesivo, cuyo derecho se genera con el paso del tiempo, en este caso con los días trabajados, así que una vez que sea promulgada, sí cumplen años de trabajo después de esa fecha ya tendrán que darte vacaciones conforme a la nueva regla, pues recordemos que el derecho al disfrute de vacaciones es en años cumplidos.
7.- ¿Qué pasa si el contrato individual dice que las vacaciones se disfrutan conforme al anterior texto de la ley?
Es muy común que en la redacción de los contratos individuales se transcriba el artículo 76 de la Ley Federal del Trabajo, pero si ese es el caso no pasa nada, se aplica la nueva disposición de la ley, no es necesario hacer cambios al contrato, pero si se debe respetar la nueva disposición de vacaciones. Si se considera necesario se puede redactar un adendum al contrato o incluir un nuevo acuerdo de vacaciones con la redacción de la hoja de reconocimiento de las condiciones de trabajo que se entrega anualmente al trabajador.
8.- ¿Qué pasa si el contrato colectivo de trabajo señala vacaciones inferiores con el texto anterior a la reforma de vacaciones dignas?
Nada, se aplican las nuevas disposiciones de ley en materia de vacaciones, pero si es conveniente hacer cambios en la próxima revisión integral.
9.- ¿Qué pasa si mi contrato colectivo señala más vacaciones que la reforma aprobada?
Se aplica el mayor beneficio al trabajador, en este caso sería el contrato colectivo de trabajo lo que prevalecerá en el tema de vacaciones.
10.- ¿Cuándo nace el derecho para disfrutar las vacaciones?
Al cumplir el año de trabajo y en términos del artículo 81 de la Ley Federal de Trabajo, se deberán conceder dentro de los 6 meses siguientes al cumplimiento del año de servicios.
11.- ¿Qué pasa si no se disfruta después del año de trabajo o no se permite al trabajador tomar sus vacaciones?
Se genera un derecho que puede ser reclamado en tribunales, tanto el pago como el disfrute de vacaciones. El trabajador también puede acudir ante la secretaría del trabajo competente para que se haga una inspección por la violación de vacaciones, lo que generalmente es un trámite que llevan de forma anónima para que no sea afectado el trabajador.
12.- ¿Si hubiese una liquidación o finiquito posterior a la promulgación y entrada en vigor, cómo se cuantifica?
Las vacaciones también tendrán que calcularse con esta nueva tabla de vacaciones independientemente de la antigüedad del trabajador. Es decir, si el trabajador cumple años de antigüedad después del 01 de enero de 2023, ya se tendrán que pagar los derechos devengados con el nuevo número de vacaciones de la reforma.
Vladimir Ricardo Landero Aramburu.
Maestro en derecho por la UNAM.
Cumpli 2 años el 11 de enero del presente y mis patrones me quieren pagar solo los días de la vieja ley que porque la reforma entro en vigor el día primero y que apartir de ahí empieza a contar según ellos. Y que me pagarán la prima vacacional de este año los11 días con la nueva ley de este año pero pienso yo que debe de ser todos los días de vacaciones con la nueva ley porque cumplí los 2 años ya con el nuevo decreto
Estas en lo correcto. ve el video. https://www.youtube.com/watch?v=M5G64PVlD-g